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  • COMUNICACIÓN EN LENGUA PORTUGUESA

    En el proceso de naturalización, la persona interesada deberá acreditar su capacidad para comunicarse en portugués, considerando sus condiciones, a través de uno de los siguientes documentos: I - Certificado de: a) dominio del portugués para extranjeros obtenido mediante el examen Celpe-Bras, realizado por el Instituto Nacional de Estudios e Investigaciones Educativas Anísio Teixeira (INEP); b) finalización de un curso de educación superior o de posgrado, cursado en una institución educativa brasileña, acreditada por el Ministerio de Educación; c) aprobar el Examen de Abogados, realizado por el Consejo Federal de la Orden de Abogados de Brasil (OAB); o d) finalización exitosa de un curso de lengua portuguesa dirigido a inmigrantes realizado en una institución de educación superior acreditada por el Ministerio de Educación; II - Comprobante de finalización de la educación primaria o secundaria a través del Examen Nacional de Certificación de Competencias para Jóvenes y Adultos (ENCCEJA); III - Designación para el cargo de profesor, técnico o científico resultante de la aprobación en concurso promovido por una universidad pública brasileña; IV - Expediente académico o documento equivalente que acredite la finalización de un curso de educación primaria, secundaria o complementaria, cursado en una institución educativa brasileña, reconocida por el Departamento de Educación competente; o V - Diploma de carrera de medicina revalidado por institución pública de educación superior después de la aprobación obtenida en el Examen Nacional de Revalidación de Títulos Médicos Expedidos por Instituciones de Educación Superior Extranjeras (REVALIDA) aplicado por el INEP. Es importante señalar que todos los documentos indicados requieren un nivel mínimo de alfabetización y que no existe ninguna prueba exclusivamente oral de la capacidad de comunicarse en portugués, lo que resulta en la exclusión de las personas analfabetas de la posibilidad de demostrar que pueden comunicarse. en portugues. En este sentido, si la persona naturalizada no puede presentar uno de los documentos enumerados anteriormente por analfabetismo o cualquier otra condición, pero puede acreditar conocimiento oral del idioma, se recomienda buscar asistencia jurídica individual de la DPU u otras instituciones. instituciones. *No se requiere prueba de capacidad para comunicarse en portugués para los solicitantes que sean nacionales de países de habla portuguesa.

  • ¿Qué es la naturalización?

    La naturalización se refiere al proceso por el cual una persona busca adquirir una segunda nacionalidad. En Brasil, este trámite puede ser solicitado por personas apátridas (sin nacionalidad) o ciudadanos de otros países. Existen varios tipos de naturalización, incluidas la ordinaria, extraordinaria, provisional y definitiva. Para muchos migrantes, la naturalización representa la consolidación de la elección de residir y pertenecer plenamente a Brasil. Además, es un paso significativo en el proceso de integración, ya que permite el acceso a derechos que no están disponibles para los no nacionales, como el derecho a un pasaporte brasileño y el derecho al voto. En el caso de los apátridas, la naturalización puede ser la vía para obtener su primera nacionalidad. Una demanda frecuente entre la población migrante es la obtención del pasaporte brasileño. En muchos casos, el acceso al pasaporte desde el país de origen está restringido, ya sea por la imposibilidad de solicitarlo estando fuera del país de nacionalidad, o por la negativa del gobierno a facilitárselo a los emigrantes, especialmente a aquellos que han solicitado refugio en otros países. A pesar de existir el llamado "Pasaporte Brasileño para Extranjeros", también conocido como "pasaporte amarillo", es de difícil acceso y sólo se expide en circunstancias muy especiales. Todo el proceso de naturalización se desarrolla en el ámbito administrativo de la Policía Federal y del Ministerio de Justicia de Brasil. ¿Qué personas se consideran brasileños naturales y cuáles brasileños naturalizados? En Brasil, la nacionalidad se adquiere de dos maneras: la original o primaria, que se obtiene automáticamente en el momento del nacimiento, y la secundaria, que adquieren quienes originalmente tenían otra nacionalidad o eran apátridas. La primera categoría incluye a los brasileños nativos, mientras que la segunda cubre a los brasileños naturalizados. Nuestra Constitución Federal reconoce la adquisición de la nacionalidad brasileña de origen con base en dos criterios: Criterio territorial (jus soli): se considera nacional de Brasil la persona nacida en territorio brasileño; Criterio de ascendencia familiar (jus sanguinis): los hijos de brasileños, incluso nacidos en el extranjero, adquieren la nacionalidad brasileña, siempre que al menos uno de los padres sea brasileño. Por otro lado, la obtención de la nacionalidad brasileña secundaria depende del proceso de naturalización, en el que una persona solicita la ciudadanía y el Estado brasileño evalúa si se la concede o no. Este tipo de adquisición de nacionalidad puede ser solicitada por apátridas o extranjeros. Es importante señalar que la ley no puede establecer distinciones entre brasileños nativos y naturalizados, excepto en los casos previstos por la Constitución Federal. Esto reserva, por ejemplo, cargos como Presidente y Vicepresidente de la República y Ministros del Supremo Tribunal Federal exclusivamente a los brasileños nativos (según el artículo 12, § 2 y 3 de la Constitución Federal de 1988).

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